Proyecto de nivelación
3.ª Oportunidad

Métodos alternos y solución de controversias
Licenciatura
Objetivo
Investigar sobre los mecanismos alternativos en materia penal, con el fin de reflexionar y formular nuevas teorías o modificar las existentes sobre dichos mecanismos.
Conoce los requisitos de la actividad
A continuación te presentamos tu proyecto extraordinario; utiliza las tres pestañas para conocer los detalles de tu actividad, los recursos de apoyo y la rúbrica de evaluación.
Aquí encontrarás los detalles de la actividad por realizar.
¿Qué haré?
Revisa el Módulo 1, Tema 3: Métodos alternos y administración de justicia, lee e investiga a través de otras fuentes el contenido relacionado con el tema y desarrolla la información de acuerdo a los conocimientos adquiridos.

Problema:
Caso: “Eco Bolsas vs Eco Productos Industriales”
Ana Sánchez en el 2020 comenzó con la fabricación de bolsas con materiales ecológicos que lograban crear una excelente simulación de piel resistente. En el 2021 Ana comenzó con el registro de patente de la piel ecológica y el registro de la marca Eco Bolsas de la A a la Z, ambos registros fueron patentados con éxito.
Eco Productos Industriales es una empresa con más de 25 años en el mercado vendiendo productos como termos, libretas, hojas, uniformes, bolsas, mochilas, entre otros productos sustentables que se venden de manera mayorista a empresas.
Eco Productos está interesado en la compra de piel ecológica para la fabricación de nuevos productos con ella, por lo que citaron a Ana en sus oficinas en Texas para negociar una sociedad entre ambas empresas. Llegando Ana a sus oficinas, le dieron un recorrido por ella y además le contaron la historia de ella y lo mucho que han ayudado al planeta disminuyendo los residuos de telas y plásticos dándole una nueva vida al igual que al papel que fue con el que empezaron a reciclar y crear sus primeros productos que son hojas y libretas.
Ese día Ana firmo un contrato de venta de tela y una sociedad para la creación de nuevos productos con la tela de piel ecológica creada por ella. en dichos documentos se estableció que toda controversia legal seria resulta en los Tribunales de la Ciudad de México
Ana durante 5 años logro posicionar su marca de Eco Bolsas en el mercado internacional, todo esto gracias a la creación de moda sustentable en base de diferentes telas creadas a base que productos reciclados como platico, algodono y lana, además de la piel ecológica.
El 18 de octubre de 2025 Ana fue notificada ante los tribunales Texanos debido a que Eco Productos Industriales estaba demandando a Eco Bolsas debido a incumplimiento de la cláusula de productos derivados de la piel ecológica que deben ser registrados y patentados bajo ambas empresas.
Al recibir el citatorio Ana acude con su abogado debido a que estaba solicitando el pago correspondiente de los productos y agregar como dueños de los productos generados en los últimos 5 años, además de aparecer como colaboradores en la creación de la piel ecológica y la tela simulación mezclilla.
Debido a que en el contrato firmado Ana logro argumentar que la corte texana no contaba con jurisdicción para ver del tema debido a la cláusula 8 del contrato en donde establecen que “serán competentes los tribunales de la Ciudad de México para ver sobre los temas legales derivados de la asociación”.
Así trasladando el juicio a Ciudad de México, el abogado de Ana le sugiere hacer uso de los Tribunales Arbitrarios Internacionales para resolver el problema legal. Para poder utilizar el Arbitraje, ambas partes deben de estar de acuerdo en utilizarlo.
El día 03 de noviembre acudieron ambas partes a los tribunales en donde Ana solicito el uso de la justicia arbitraria internacional para resolver la disputada generada. Eco Productos Industriales acepto el uso de la justicia arbitraria firmando un acuerdo de sometimiento, pero manteniendo la jurisdicción en el CDMX, pero bajo las reglas de arbitraje (como la Cámara de Comercio Internacional- ICC o el CANACO).
El abogado de Ana presento los títulos de patentes de la piel ecológica y de las bolsas creadas en el 2021. Bajo el Convenio de París, la prioridad de su registro la protege contra reclamos de “colaboración” en inventos que ya existían antes del contrato firmado por los involucrados.
Antes de llevar a cabo el arbitraje se recomienda una sesión de mediación. Eco Productos Industriales es una empresa reconocida y una resolución amistosa podría salvar la relación de ambas empresas
Argumentos de Ana: La piel ecológica es un activo preexistente. La Cláusula de “productos derivados” debe interpretarse de forma restrictiva: solo lo creado durante y con recursos de la sociedad, no las evoluciones propias de la tecnología de Eco Bolsas de la A a la Z.
Resultado de la Mediación: Las partes no lograron un acuerdo tota sobre la propiedad de las patentes, pero acuerdan un “Standstill Agreement” (cuerdo de Suspensión) donde Eco Productos Industriales no tuvo participación en la invención original de 2021. Sin embargo, el conflicto persiste sobre las “evoluciones” de la tela (mezclilla ecológica) por la procedencia arbitraria.
Bajo las reglas de ICC y considerando que la sede es la Ciudad de México, el Tribunal Arbitral analiza los tres puntos clave:
Jurisdicción: Se ratifica que, por voluntad de las partes (autonomía de la voluntad), el arbitraje es el medio vinculante, dejando atrás la justicia ordinaria de Texas y CDMX
Aplicación del Convenio de París: El árbitro reconoce el Derecho de Prioridad. Ana registró la piel ecológica, antes del contrato de sociedad. Por lo tanto, Eco Productos Industriales no puede reclamar coautoría sobre un invento preexistente.
Interpretación Contractual: se aplica el principio de pacta sunt servanda (lo pactado obliga). La Cláusula de “productos derivados” se interpreta de forma restrictiva.
Resolución de Laudo:
PRIMERO: se declara a Ana Sánchez (Eco Bolsas), como la única titular de la patente original de “Piel Ecológica” y la marca “Eco Bolsas de la A a la Z”, con base en los registros de 2021y la Protección internacional del Convenio de París.
SEGUNDO: se desestima la pretensión de Eco Productos Industriales de ser incluidos como 2COLABORADORES2 en la creación inicial, ya que el activo era preexistente a la relación comercial.
TERCERA: respecto a las “tela simulación mezclilla” y nuevos derivados, se determina que:
- Si fueron desarrolladas con recursos compartidos de la sociedad, la propiedad será conjunta
- Si Ana demuestra que fueron desarrolladas con su propia R&D (investigación y desarrollo) independiente de la maquila de Eco Productos Industriales, la titularidad permanece con ella, otorgando a Eco Productos una licencia de uso preferencial pero no la propiedad.
CUARTA: se exhorta a ambas empresas a firma un Addendum al Contrato original donde se especifiquen las regalías por la explotación de los nuevos materiales para evitar futuras controversias.
lesiones y daños a su vehículo.
En un documento de Word realiza lo siguiente:

Fase 1: Análisis de Jurisdicción
Responde las siguientes preguntas y justifica tu respuesta conforme a las normas aplicables:
- ¿Por qué fue valida la declinatoria de Jurisdicción en Texas?
- ¿Qué documento legal permitió que el caso pasara de un juzgado en CDMX a un Tribunal Arbitral?
Fase 2: Simulación de Audiencia de Mediación.
Con ayuda de amigos y familiares desarrolla un video de simulación de Audiencia de Mediación
Roles para representar:
- Representante de Ana Sánchez: debe defender la propiedad preexistente usando el Convenio de París.
- Representante de Eco Productos Industriales: Debe argumentar que el éxito de Ana se debe a la inversión y plataforma de ellos (Teoría del enriquecimiento sin causa o colaboración).
- Mediador: Su objetivo no es dar una sentencia, sino ayudar a las partes a encontrar un punto medio
Fase 3: Escrito
Redacta un Memorial de Arbitraje que contenga los siguientes puntos técnicos:
- La Cláusula de Patanes: Explica cómo el registro de 2021 de Ana rompe la presunción de “creación conjunta”
- Propuesta de Laudo: el alumno actúa como árbitro y decidir
- ¿Quién se queda con la patente de la tela simulación mezclilla?
- ¿Debe pagar Eco Productos pagara daños y perjuicios por demanda n la jurisdicción equivocada?
- 3. Cláusula Futura: redacta una cláusula de solución de controversias que incluya una cláusula escalonada (Mediación, si falla, arbitraje).
* El trabajo debe fundamentarse con al menos 2 autores. Recuerda incluir las referencias en formato APA.
*La extensión de tu trabajo debe ser de 6 cuartillas (máximo); además de la portada y referencias.
Conclusión del proyecto

Realiza una conclusión a través de un video con tus propias palabras en donde relaciones las características, alcances y la propuesta que se presentó en tu investigación, en un mínimo de una cuartilla. (Recuerda que debes aparecer en el video o incluir tu voz en el mismo).
El video debe cumplir con los siguientes requisitos:
-Aparecer en el video
-Mencionar brevemente el nombre completo, matrícula, materia y oportunidad
-Portar vestimenta formal
-Utilizar un lenguaje adecuado y cuidar que la dicción sea clara y pausada
-El audio debe ser claro, volumen adecuado y sin interrupciones auditivas
-Claridad de imagen, bien definida y luz suficiente
-Duración de uno a dos minutos.
Para elaborar el video puedes hacer uso de aplicaciones para video presentaciones y screen recorder, a través de PC o dispositivos móviles.
Explora los recursos que te apoyarán en la realización de tu proyecto.
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