Proyecto de nivelación
3ª Oportunidad

Criminología
Licenciatura
Objetivo
Destacar la conceptualización de los derechos humanos con la finalidad de identificar su relevancia y aplicación en la visión criminológica.
Conoce los requisitos de la actividad
A continuación, te presentamos tu proyecto extraordinario; utiliza las pestañas para conocer los detalles de tu actividad, los recursos de apoyo y la rúbrica de evaluación.

¿Qué haré?
Para realizar este proyecto apóyate con los siguientes temas del curso:
Clase 9: Violencia.
Clase 10: Derechos humanos.
Clase 11: Ley y derecho penal.
Clase 12: Criminología.
Clase 13: Víctimas para el derecho.
Lee atentamente las siguientes instrucciones y realiza lo que se solicita.
Caso de las hermanas González Pérez
Desde 1994, Ana, Beatriz y Celia González Pérez, así como su madre Delia Pérez de González, son acompañadas por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C (CMDPDH). Más recientemente, a este acompañamiento se ha sumado el Comité Hermanas González Pérez de San Cristóbal de las Casas, Chiapas.
El 4 de junio de 1994, las “Hermanas González Pérez”, mujeres indígenas tseltales, fueron detenidas ilegal y arbitrariamente en el retén militar localizado en el camino que va rumbo al Ejido Jalisco, en el municipio de Altamirano, Chiapas. Su detención fue llevada a cabo en el contexto del levantamiento encabezado por el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). Al momento de los hechos, ninguna de ellas hablaba español, y Celia era una adolescente de tan sólo 16 años.
La detención se llevó a cabo por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), con el objetivo de interrogarlas para obtener información relacionada con las actividades del EZLN, además de acusarlas de pertenecer a dicho movimiento. Las Hermanas González Pérez y su madre fueron un motín de guerra: privadas de su libertad, fueron golpeadas y torturadas sexualmente en reiteradas ocasiones. Después de estos hechos se les amenazó indicándoles que, si denunciaban lo ocurrido, las volverían a detener para recluirlas en el penal de Cerro Hueco.
A pesar del temor latente y las dificultades para colocar su denuncia, el 30 de junio de 1994 presentaron la denuncia ante el Ministerio Público Federal, la cual fue robustecida con un examen médico ginecológico en el que quedaron certificadas las huellas de la violación sexual. Esta información fue corroborada y ratificada mediante la declaración de Ana y Beatriz González Pérez.
Sin justificación alguna, el expediente fue trasladado a la Procuraduría General de Justicia Militar en septiembre de 1994, donde fue archivado bajo los argumentos de “falta de interés en el caso por parte de sus representantes y las mismas víctimas, al negarse a comparecer a declarar nuevamente y someterse a nuevas pericias ginecológicas en la jurisdicción militar”; en consecuencia, determinaron que no se configuraban los delitos. Estos argumentos ignoraron el hecho de que, para las hermanas González Pérez, resultaba revictimizante e injustificado el someterse a nuevos interrogatorios y exámenes en el espacio controlado por la institución a la que estaban adscritos sus agresores.
Ante el expreso incumplimiento por parte del Estado mexicano con su obligación de investigar los hechos denunciados, castigar a los responsables y reparar las violaciones, el 16 de enero de 1996 el caso fue sometido ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo internacional que el 19 de noviembre de 1999 emitió el Informe de Admisibilidad No. 129/99.

El 4 de abril de 2001, la CIDH emitió el Informe de Fondo No. 53/01 declarando la responsabilidad internacional del Estado mexicano por la violación a diversos derechos humanos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tales como: la violación de los derechos a la integridad personal, a la protección de la honra y de la dignidad, a la libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial efectiva; además, en el caso de Celia González, por la violación de los derechos de la niñez, establecidos en el artículo 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.
A pesar de las reiteradas solicitudes por parte de las hermanas González y sus representantes para que la investigación del caso fuera remitida a una instancia civil y no continuara en jurisdicción militar –a donde fue remitida desde 1999–, fue hasta el 24 de marzo de 2014 que la averiguación previa se remitió a la Dirección General de Atención y Seguimiento a Recomendaciones y Conciliaciones en Materia de Derechos Humanos de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), dando inicio a una nueva averiguación. Finalmente, a inicios de 2016, la indagatoria fue traslada a la Unidad Especializada para Investigar el Delito de Tortura en la PGR (ahora Fiscalía General de la República), quien hasta la fecha continúa con la integración de la investigación.
Tras 26 años de conocer los hechos, el Estado mexicano continúa debiéndole a las víctimas acceso a la justicia: la SEDENA ha obstaculizado la investigación negándose a proporcionar información completa y legible a los agentes ministeriales de la FGR. Por lo tanto, la recomendación emitida por la CIDH, que obliga a investigar de manera completa, imparcial y efectiva los hechos ocurridos el 4 de junio de 1994 en contra de las hermanas González y su madre, no ha sido cumplida por parte del Estado.
En lo que respecta a la segunda recomendación que emitió la CIDH en 2014, las organizaciones representantes iniciaron un proceso para consolidar un plan de reparación para las Hermanas González Pérez y su madre, el cual debe ser conforme a su cosmovisión y sentido de sanación.
Como parte del proceso de reparación, el 18 de octubre de 2019, en Ocosingo, Chiapas, se llevó a cabo un acto de disculpas públicas por parte del Gobierno Federal, en el cual estuvo presente la Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero y el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas Rodríguez, quienes ofrecieron una disculpa a las hermanas González y su madre. La disculpa también estuvo dirigida a las comunidades de la región por las violaciones a sus derechos humanos cometidas por elementos del Ejército mexicano en medio de un contexto de represión en contra de los pueblos indígenas en Chiapas. Sin embargo, a pesar de las reiteradas solicitudes hechas por las víctimas, no existió ningún representante de la SEDENA en dicho acto.
Por lo tanto, el Estado mexicano sigue estando en deuda para continuar con la implementación de debidas acciones que lleven a garantizar de manera efectiva el derecho a la reparación integral en favor de las Hermanas González y su madre.
Comisión Mexicana de Defensa y Protección de los Derechos Humanos. (s. f.). Caso de las hermanas González Pérez. Consultado en: http://cmdpdh.org/casos-paradigmaticos-2-2/casos-defendidos/caso-hermanas-gonzalez-perez-2/
En un documento de Word responde las siguientes cuestiones:
- Explica, en espacio de media cuartilla, ¿de qué manera se vulneraron los derechos humanos en el caso anterior?
¿Qué razones legales existieron para detener a las implicadas?
Después de analizar el texto anterior, explica en espacio de media cuartilla tu opinión sobre el caso utilizando conceptos vistos en clase.
Investiga acerca de la Declaración Universal de Derechos Humanos. ¿Cuáles son los artículos que no se cumplieron en el caso anterior? Menciona cinco.
Describe los medios o técnicas que utilizarías para investigar este caso.
Explica con tus propias palabras si estás (o no) de acuerdo en que la criminología es una ciencia.
¿Consideras que la investigación criminológica ha avanzado en México en la última década? Justifica tu respuesta.
Conclusión del proyecto
Elabora una video presentación, de manera formal, donde expliques el trabajo elaborado y los aprendizajes adquiridos mediante la realización del proyecto.
El video debe cumplir con los siguientes requisitos:
-Aparecer en el video.
-Mencionar brevemente el nombre completo, matrícula, materia y oportunidad.
-Portar vestimenta formal.
-Utilizar un lenguaje adecuado y cuidar que la dicción sea clara y pausada.
-El audio debe ser claro, volumen adecuado y sin interrupciones auditivas.
-Claridad de imagen, bien definida y luz suficiente.
-Duración de uno a dos minutos.
Para elaborar el video puedes hacer uso de aplicaciones para video presentaciones y screen recorder, a través de PC o dispositivos móviles.
¿Cómo se integra el trabajo?
Se deberán entregar dos documentos como parte de la 3ª oportunidad.
El documento Word deberá presentar la siguiente estructura:
-Portada
-Introducción
-Respuesta a las interrogantes planteadas
-Conclusión escrita
-Enlace del video
-Referencias bibliográficas
*Recuerda adjuntar tus archivos
*El trabajo debe fundamentarse con al menos 2 autores. Recuerda incluir las referencias en formato APA.

Recursos bibliográficos
Para conocer más acerca del tema, te invito a consultar el siguiente enlace:
Explora los recursos que te apoyarán en la realización de tu proyecto.
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¿Cómo realizar tu video?
Catálogo de recursos